NacionalesSENASA7 oct 2026, 12:06 p. m.

Regulación de tratamientos para productores de vid

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (SENASA) exige que los productores vitivinícolas de la provincia utilicen únicamente productos autorizados por ese organismo cuando los racimos florales alcanzan entre 5 y 7 centímetros, con el fin de garantizar la sanidad vegetal y el cumplimiento normativo.

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Regulación de tratamientos para productores de vid
Imagen: SENASA.

El organismo nacional determina que, ante la presencia de racimos florales que midan entre 5 y 7 centímetros, los productores de vid de la provincia deberán aplicar exclusivamente aquellos productos y formulaciones que cuenten con la autorización expresa de SENASA, conforme a la normativa vigente en materia de sanidad vegetal y control fitosanitario. Esta obligación alcanza a todas las explotaciones vitivinícolas ubicadas dentro del territorio provincial y se fundamenta en la necesidad de prevenir riesgos sanitarios y asegurar la trazabilidad de los insumos empleados en el cultivo.

La medida apunta a focalizar el uso de productos aprobados en una ventana fenológica específica —el tamaño de racimo de 5 a 7 centímetros— que resulta crítica para la calidad de la producción y para la eficacia de las intervenciones fitosanitarias. El alcance de la disposición incluye la totalidad de los insumos destinados al tratamiento en ese período, sin excepción para formulaciones caseras o alternativas que no hayan sido previamente evaluadas y registradas por el organismo competente.

Regulación de tratamientos para productores de vid

Con ello se busca homogeneizar prácticas y reducir la dispersión de métodos que puedan comprometer la sanidad del cultivo. Entre los destinatarios figuran los productores individuales, establecimientos agrarios, contratistas agrícolas y responsables técnicos que operan en viñedos provinciales; asimismo, alcanza a las personas o empresas encargadas de la comercialización y suministro de los productos fitosanitarios.

Las responsabilidades de cumplimiento se orientan tanto al aplicador como al titular del predio, quienes deben verificar la autorización de los productos antes de su uso y conservar la documentación que acredite la procedencia y el registro de los insumos utilizados durante la fase de racimo señalada. Los canales previstos para la difusión y fiscalización de esta exigencia incluyen los avisos oficiales del propio SENASA, las comunicaciones emitidas por la autoridad provincial competente y las notificaciones dirigidas a asociaciones de productores y cámaras sectoriales.

Además, se contempla la utilización de inspecciones y registros de campo para verificar la aplicación correcta de los productos y la existencia de documentación respaldatoria. Estas acciones de control permitirán constatar el cumplimiento y detectar eventuales desviaciones que deban ser subsanadas. Los objetivos de la medida se centran en proteger la sanidad vegetal, asegurar la inocuidad de los productos agroalimentarios de origen vitivinícola y preservar los estándares de calidad requeridos para la cadena productiva.

A su vez, se pretende mejorar la trazabilidad de los insumos y tratamientos aplicados en una etapa de desarrollo del racimo sensible a la alteración por aplicaciones inadecuadas. La normativa busca asimismo contribuir a la gestión integrada de plagas mediante el uso racional de los productos autorizados en el momento fenológico más pertinente. Las implicancias operativas para los productores comprenden la obligación de consultar listas oficiales de productos autorizados y mantener registros de compra y aplicación durante el periodo en que los racimos midan entre 5 y 7 centímetros.

El cumplimiento requiere coordinación entre titulares, técnicos y proveedores, así como la adecuada capacitación para identificar la fenofase mencionada y seleccionar los insumos aprobados. La aplicación de la medida será supervisada por las autoridades competentes, que podrán requerir la presentación de la documentación correspondiente y adoptar las acciones necesarias para asegurar la observancia de la exigencia.

Fuente: SENASA